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Representación
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, las personas podrán actuar a través de representante en los procedimientos administrativos que se tramiten en el Ayuntamiento de Arnedo.
En el caso de personas jurídicas o entidades que realicen trámites en la sede mediante certificado electrónico de representante, se considera que quien realiza el trámite es directamente la persona jurídica o entidad y no es necesario acreditar la representación. No obstante, una persona o entidad jurídica también puede actuar a través de un representante fuera de la entidad, para lo cual es necesario acreditar la representación como se describe a continuación.
Antes de realizar un trámite en nombre de otra persona, es necesario acreditar la representación:
− Mediante el certificado electrónico del representante o del representado.
− Rellenar el apartado de representante en el formulario de trámite. Es necesario aportar poder notarial, poder expreso o documento válido en derecho que acredite la representación para dicho trámite y el DNI (En el caso de tramitación en sede, el de la persona que no esté de acuerdo y en el caso de presentación en persona o ambas).
− Mediante Inscripción en el registro electrónico de apoderamientos.
− Mediante funcionario habilitado (en el caso del papel)
Documentos válidos que acreditan a representación
Para la representación de personas naturales mayores de edad, adjuntar lo que corresponda:
• Poder notarial
• Empoderamiento otorgado al asistir
• Otros documentos legales que representan a adultos
Para la representación de personas jurídicas que carezcan de capacidad de obrar:
• Resolución judicial
Para la representación de personas jurídicas, proporcione lo que corresponda:
En caso de sociedades mercantiles,
• Escritura pública inscrita en el registro mercantil
• Poder notarial
En el caso de asociaciones:
• Acuerdo de la Junta General
• Inscripción en el registro de asociaciones.
Para la representación de herencias existentes, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, adjuntar lo que corresponda:
• Escritura pública
• Poder notarial
En el caso de representación de menores, indique lo que proceda:
• Libro de familia
• Decisión judicial o administrativa
• Otros documentos legales de representación
• Para la representación en papel: si soy menor de edad ¿puedo solicitar la identificación y firma de un funcionario habilitado? Sí: Tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela.
* Además de la documentación indicada, el Ayuntamiento se reserva el derecho de exigir cuanta documentación estime oportuna para resolver el procedimiento.
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